Trámites INVIMA
Edgar Calderón
Consultor experto
En Colombia, todo producto destinado al consumo o uso directo del consumidos como alimentos, dispositivos medico, productos de aseo, cosméticos, licores, equipos biomedicos, medicamentos, suplementos dietarios, entre otros requiere la obtención de Registro sanitario.
Adicionalmente, todo alimento que se expenda directamente al consumidor deberá obtener, de acuerdo con el riesgo en salud pública, la correspondiente autorización de comercialización, expedidas por son expedidas por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima):
- Notificación Sanitaria (NSA)
- Permiso Sanitario (PSA)
Nosotros prestamos las asesorías necesarias para obtener estos certificados. Así también, si sus productos corresponden a alimentos dirigidos a poblaciones especiales (p.ej. deportistas, pacientes con alguna enfermedad), se debe hacer el tramite de consulta a las Sala Especializada de Alimentos y Bebidas (SEAB) antes de solicitar la Notificación Sanitaria (NSA), el Permiso Sanitario (PSA) o el Registro Sanitario (RSA).
La Sala Especializada de Alimentos y Bebidas (SEAB) hace parte de la Comisión Revisora, el órgano asesor del Invima.
Fuente: https://www.invima.gov.co